Tomada de la edición impresa del 21 de julio del 2008

Surge la figura de gobiernos autónomos

La propuesta original salió de la Mesa 4, de Ordenamiento Territorial.  | FOTO: ARCHIVO

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La propuesta original salió de la Mesa 4, de Ordenamiento Territorial.

Aprobación de texto constitucional implica elección de autoridades.



Si gana el Sí, la transformación también irá del papel a las urnas. Al aprobarse los nuevos parámetros de ordenamiento territorial, se deberán elegir nuevas autoridades en cada una de las regiones. 

 “Las reglas del juego cambian con la nueva constitución, entonces también deben cambiar los jugadores”, dice la asambleísta de PAIS María José Carrión, y explica que al aprobarse los nuevos articulados, se comienzan a asumir todas las transformaciones institucionales y las funciones de los anteriores fenecen porque “fueron elegidos bajo otra constitución”.

En ordenamiento territorial se establecerán cuatro niveles de gobiernos autónomos descentralizados: regional, provincial, cantonal o distritos metropolitanos y juntas parroquiales.

Además, dentro de los cantones, habrá representantes de los organismos seccionales escogidos, tanto de las áreas urbanas como de las rurales “para que no se concentre el poder en un sector y las zonas marginales también puedan tener representación”, dice Gustavo Darquea, miembro de la subcomisión que revisó luego de los debates, los artículos redactados por la mesa 4 de Ordenamiento territorial y  asignación de competencia.

El asambleísta apunta que, entre las nuevas autoridades que se posicionarán están “las regionales, el gobernador de la región porque antes no había la clasificación de regiones que se plantea en la Nueva Constitución”. Además, especifica que el prefecto sigue en sus mismas funciones pero que tanto el consejo provincial como los distritos metropolitanos van a tener un campo de acción más amplio.

Entre tanto, la presidenta de la mesa 4, Tatiana Hidrovo, puntualiza que la única función que desaparece respecto del régimen descrito en la constitución de 1998, es la de los consejeros provinciales, cuyas funciones serán ejecutadas ahora por el Viceprefecto, y además por los representantes de las juntas parroquiales y los alcaldes.

Para Hidrovo, estos cambios se realizan con el fin de que los cantones formen un bloque para mejorar la organización de la administración interna.

“El concepto que se defiende es la integración de los cantones, con varios objetivos: que haya una planificación para evitar un manejo independiente de cada cantón, lo cual a veces promueve tensión política y planificación desordenada”, dice.

Hidrovo agrega que también está la importancia de que los gobiernos provinciales deban tener un peso político, pues no solo se trata de gobiernos que tengan poder administrativo, sino que también sea político. “Que estos territorios tengan grupos que puedan manifestarse contra los grandes intereses provinciales en relación a la nueva región que se va a constituir también”.

 Entre las nuevas figuras que se incorporan, Hidrovo destaca las que corresponden a los gobiernos autónomos regionales, “porque este es un nivel de gobierno nuevo, es decir, va a haber la figura de gobernador elegido por votación popular y una serie de representantes de provincias y parroquias que van a integrar este gobierno regional”. 

El objetivo de los nuevos cargos es que todos los grupos sociales tengan representación en el gobierno, “habrá un cambio de planificación importante y eso demandará un apoyo”, dice la asambleísta. Por ejemplo está el caso de los consejos cantonales que estarán conformados por representantes de zonas urbanas y rurales. Antes los concejales se elegían de forma general, ahora el origen va a estar en la zona rural y en la zona urbana, según la densidad poblacional.

 Los asambleístas opinan que el espíritu esencial del articulado de la mesa 4 es garantizar una profunda descentralización y la formación de gobiernos  autónomos en el país. Con esta nueva estructura, también aseguran que las autonomías ya quedan establecidas, puesto que con la nueva serie de competencias se amplía la potestad de crear normas jurídicas que ayuden al desarrollo de cada uno de los cantones y pueblos,.Todo esto en el marco de la elección democrática por votación popular, que se mantiene como en la Constitución anterior.
Silvia Poveda
spoveda@telegrafo.com.ec
Reportera - Actualidad
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